Artículo 72. La información remitida al Tribunal vía correo electrónico oficial tiene el carácter de definitiva desde el momento de su entrega, por lo tanto, la misma no puede ser reemplazada por información remitida con posterioridad. Elaborar un índice en el que se registre el rubro de la jurisprudencia y criterios relevantes por orden alfabético, la clave que le corresponde y los datos de su publicación; XVIII. El Pleno atenderá y resolverá los asuntos de su competencia, en sesiones que serán: Atendiendo a la naturaleza del asunto, el Pleno determinará el tipo de sesión a celebrarse. Coordinar el desarrollo de los asuntos que expresamente le encomiende el o la titular de la Presidencia; Integrar y presidir las reuniones de la Comisión de Análisis de Criterios y Jurisprudencia, y en su caso proponer al Pleno la jurisprudencia y criterios relevantes que estime procedentes, para su aprobación y posterior publicación; Revisar y analizar la normativa electoral de la Federación y de los Estados de la Republica; Elaborar los contratos y convenios que el Tribunal, requiera para la realización de sus actividades; Informar a quien ejerza la Presidencia, de las solicitudes o pedimentos que, con motivo de sus funciones, realicen las áreas del Tribunal; Recibir y despachar la correspondencia que le indique el o la titular; Coordinar la agenda de quien ejerza la titularidad de la Presidencia; y. Las demás que le encomiende la o el titular de la Presidencia. En la formulación de requerimientos, se atenderá a lo siguiente: Artículo 80. La Dirección de Administración, la o el Asesor de Presidencia y la Secretaría Particular de la Presidencia, estarán adscritas directamente a la Presidencia del Tribunal, con quien acordarán los asuntos de su competencia. Las demás que le señale Ley y demás ordenamientos legales aplicables. Artículo 104. Las correcciones disciplinarias y las medidas de apremio a que se refiere el artículo 380 del Código serán propuestas por la o el Magistrado instructor y serán aplicadas por quien ejerza la titularidad de la Presidencia para hacer cumplir las determinaciones del Pleno, a las partes, sus representantes y en general, a cualquier persona que provoque desorden, no guarde el respeto y la consideración debida o se conduzca con falta de probidad y decoro, empleando discrecionalmente y sin sujeción al orden uno o más de las medidas de apremio que se juzguen eficaces. Los comités son órganos colegiados permanentes encargados de asesoría, apoyo, consulta y decisión para eficientar y transparentar los procesos de adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios y obra pública, desincorporación de bienes, la implementación del sistema de gestión de control interno y de mejora continua. En el propio oficio en que se haga la notificación a las autoridades responsables o a los órganos partidistas que hayan emitido el acto reclamado, se les prevendrá que informen sobre el cumplimiento que se dé al fallo de referencia, en el plazo que en la resolución se señale, tomando en cuenta la naturaleza de lo resuelto, para lo que deberán acompañar las constancias que lo acrediten. La participación de los anteriores estará regida por los acuerdos que para tal efecto emitan los comités. Le corresponderá decretar la acumulación a la Magistrada o Magistrado que esté diligenciando el expediente más antiguo. Para los efectos de las notificaciones electrónicas previstas en el Código y en el presente reglamento, el Tribunal emitirá los acuerdos y lineamientos que regulen la expedición, uso y vigencia de las cuentas de correo electrónico institucional proporcionadas por el Tribunal, con los cuales se garantice la autenticidad de las y los usuarios del sistema y la integridad del contenido de las notificaciones. El personal que contravenga estas disposiciones será sujeto a sanción conforme a las disposiciones disciplinarias correspondientes. <> Aprobar los lineamientos generales para el resguardo, identificación, clasificación e integración de los expedientes; XXI. Asignar responsabilidades y coordinar las acciones del personal a su cargo; XVIII. Artículo 6.

Recepcionar toda la documentación que sea dirigida al Tribunal, o alguna de las áreas que lo conforma; Informar de manera inmediata al área correspondiente la recepción de la documentación recibida; Realizar las acciones necesarias para la digitalización de la documentación relacionada con los medios de impugnación que reciban; Entregar la documentación recibida al área correspondiente; Llevar el registro de la documentación que se ingrese en el libro de control correspondiente a la Secretaría General; Proveer y administrar los recursos materiales, económicos y humanos, que se requieran para el buen funcionamiento del Tribunal; Elaborar el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del Tribunal y someterlo a la consideración de quien ejerza la titularidad de la Presidencia; Contratar la adquisición de recursos materiales y la prestación de servicios generales que requiera el Tribunal, de conformidad con la normatividad aplicable; Coordinar las acciones encaminadas al desarrollo y administración de los recursos humanos del Tribunal; Controlar y mantener el inventario del mobiliario y equipo del Tribunal; Elaborar el proyecto de la estructura y plantilla de personal por ponencias, unidad y áreas de acuerdo al Presupuesto de Egresos del Tribunal; Someter a la consideración de quien ejerza la titularidad de la Presidencia, la propuesta de los indicadores de gestión institucionales; Elaborar los informes que le sean requeridos por el Pleno o por quien ejerza la titularidad de la Presidencia; Diseñar y proponer las medidas de racionalidad, austeridad y contención del gasto que contribuyan a elevar la eficiencia en la administración de los recursos asignados al Tribunal; Registrar y procesar la información que le sea solicitada al Tribunal a través del Portal Nacional de Transparencia, vía correo electrónico y de manera personal; Recabar, administrar y publicar la información pública de oficio u obligatoria del Tribunal; Documentar la operación de la Unidad de Trasparencia; Auxiliar a las y los particulares en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y en su caso, orientarlos sobre los sujetos obligados competentes; Realizar los trámites internos necesarios para la atención de las solicitudes de acceso a la información; Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información, respuestas, resultados, costos de reproducción y envío; Promover e implementar políticas de transparencia proactiva procurando su accesibilidad; Fomentar la transparencia y accesibilidad al interior del Tribunal; y. Representar administrativamente a la Dirección de la Escuela de Formación Profesional del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo; Dirigir las gestiones que la Dirección requiera para su buen funcionamiento; Diseñar los planes y programas de estudio de especialidades, maestrías, doctorados, jornadas de capacitación, talleres, seminarios y diplomados, así como cualquier otra actividad que favorezca al desarrollo profesional de servidores públicos, ciudadanos y de los miembros de partidos políticos; Gestionar y mantener actualizada la autorización, ante la Dirección General de Profesiones; Proponer a la o el titular de la Presidencia los eventos que habrán de desarrollarse y en su caso la organización de los eventos que se autoricen; Seleccionar, coordinar, supervisar y evaluar al personal académico y de investigación de la Dirección, internos o externos, que prestarán sus servicios de manera permanente o dentro de un programa específico para la formación profesional, para su aprobación por el Pleno; Establecer las bases de organización y operatividad de la biblioteca y del archivo histórico del Tribunal, así como de supervisar su funcionamiento; Elaborar la propuesta del manual de procedimientos de la Dirección de la Escuela de Formación Profesional y someterlo a la aprobación del Pleno; Expedir los títulos, grados, certificados, diplomas, constancias y reconocimientos a quienes cumplan con los requisitos que se exijan para los cursos, talleres, seminarios, diplomados y demás programas desarrollados por la Dirección; Conservar, asegurar y custodiar el acervo bibliográfico y hemerográfico del Tribunal; Registrar, controlar, resguardar y conservar los expedientes resueltos por el Tribunal, durante los plazos legales; Llevar el archivo jurisdiccional y los registros correspondientes conforme a lo dispuesto por este Reglamento y el manual respectivo; Hacer del conocimiento de las personas responsables de cada ponencia, cualquier defecto o irregularidad que advierta en los expedientes o documentos que reciba para su archivo, a fin de que, de ser material y técnicamente posible se corrija; Implementar las medidas que juzgue convenientes para el registro, resguardo y consulta de los expedientes, en el entendido de que cualquier persona podrá consultar los expedientes de los asuntos total y definitivamente concluidos del Tribunal, así como solicitar a su costa copias certificadas o simples de aquellos, las que serán expedidas cuando lo permitan las labores del Tribunal; Coadyuvar en la expedición de las certificaciones de los documentos relativos a los expedientes que obran en el archivo bajo su responsabilidad; Supervisar los instrumentos de consulta y control, así como de conservación electrónica del propio Archivo, de conformidad con el manual respectivo; Autorizar la consulta de los expedientes, la toma de fotografías o filmaciones de los documentos resguardados en los expedientes; Proponer al Pleno las medidas pertinentes sobre sistemas de archivo, seguridad y modernización en la organización y funcionamiento del Archivo Jurisdiccional; Supervisar la correcta publicación de los Medios Oficiales de Difusión cuando se trate de la jurisprudencia y los criterios relevantes, y llevar a cabo todas aquellas tareas que sean necesarias para su adecuada distribución y difusión; Diseñar, en conjunto con la Dirección de Informática, los sistemas de control y consulta del Centro de Documentación del Tribunal; Coordinar las relaciones del Tribunal y sus integrantes, con los medios de comunicación y organismos vinculados con la actividad electoral; Difundir de manera oportuna los programas y actividades del Tribunal; Preparar las ediciones de los Medios Oficiales de Difusión y demás publicaciones del Tribunal; Apoyar a la Dirección de la Escuela de Formación Profesional del Tribunal Electoral del Estado en la organización de seminarios, congresos, conferencias y otros eventos académicos del Tribunal; Preparar la edición del “Boletín Informativo” del Tribunal, con información político electoral local y nacional; Dar respuesta al chat de la página oficial del Tribunal, con apoyo de las distintas áreas de éste; Publicar los criterios relevantes que afecten y sean de interés para los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado, en la o las lenguas que corresponda al caso concreto; Realizar las tareas que le encomiende el Pleno y la Presidencia, dentro del ámbito de sus atribuciones; y. Apoyar al personal jurídico en la elaboración de modelos procesales y métodos computarizados, para dar celeridad a los procedimientos jurisdiccionales; Sistematizar los procedimientos de estadística que se requieran para el control de los medios de impugnación; Dar mantenimiento periódico a la página web del Tribunal, así como coordinar con las diferentes áreas, la actualización de la información de acuerdo a las leyes, reglamentos y normatividad que el Tribunal deba cumplir y difundir oportunamente; Administrar los servicios y acceso al sistema de internet; Proporcionar asistencia técnica, asesoría y capacitación, sobre el manejo y operación de las herramientas computacionales asignadas a las distintas áreas del Tribunal; Tomar las medidas pertinentes para el buen funcionamiento del área a su cargo; Realizar las tareas que le encomiende el Pleno, la Presidencia o la Dirección de Administración, dentro del ámbito de sus atribuciones; y. Las demás que deriven de las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias.

Estado Del Tiempo Puerto Lázaro Cárdenas, Cuanto Cuesta Un Husky Siberiano En Dolares, Multifamily México, Guerras Perdidas - Bacilos Significado, Olympia, Washington, Programa De Farmacovigilancia, Ya Sea Conector Ejemplo, Como Cuidarse Del Cáncer De Mama, Www Pri Hidalgo, Lepra Paucibacilar, Golden Retriever Blanco, Gigante De Los Pirineos Altura, Citas Textuales Sobre El Cáncer De Mama, Kodiak Bicicleta, Frost/nixon Entrevista Original, Política Económica Del Cardenismo, Ganas Letra Salsa, Husky Bebe Cuidados, Cien Años De Soledad Capítulo 1 Análisis, Togo Raza, Las Cruces, Nuevo México Cementerio, Cual Es El Estado Más Grande Del Mundo, Nombre Científico Del Armadillo, Wolverhampton Wanderers, Frases Ken Yeang, Imágenes De Chivos, Virginia Beach Como Llegar, Hora En Rusia, Wolves Vs Arsenal 2018, Calaveritas Literarias Escolares, Uniforme De Los Angeles Fc Para Dream League Soccer 2019, Perritos Bebes En Adopción, Selección De Fútbol De Francia, Soluciones Para El Desarrollo Sostenible, Temperatura En Hawaii, Gobernador De Jalisco Asesinado En El 2000, University Of Illinois Urbana-champaign, Personal Scale Not For Business Counting, Jonas Brothers Dark, Día Mundial De Los Sobrevivientes De Cáncer 2020, Diatonic Scale, Cuanto Mide Albertano, Las Vegas Noticias, Restaurante Vikingos 2, Mt Significado Tonelada, Ardor En Los Senos Después De Implantes, Hearts Dragon Ball Heroes, " />

Las medidas de apremio consistirán en: III. – Rúbrica; Secretaria General Rosa Amparo Martínez Lechuga.

ley.

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Artículo 82. endobj �� � w !1AQaq"2�B���� #3R�br� En las sesiones públicas solemnes, se seguirá en lo conducente, lo establecido en el artículo anterior. El Pleno celebrará las sesiones que sean necesarias para conocer y resolver los medios de impugnación de su competencia; así como para la organización, funcionamiento y desarrollo del Tribunal. Las notificaciones practicadas por correo electrónico institucional, surtirán efectos a partir de que la o el actuario haga constar que la notificación se encuentra efectivamente en la bandeja correspondiente, levantando razón de ello, la cual se agregará a los autos del expediente correspondiente. endstream <> Artículo 72. La información remitida al Tribunal vía correo electrónico oficial tiene el carácter de definitiva desde el momento de su entrega, por lo tanto, la misma no puede ser reemplazada por información remitida con posterioridad. Elaborar un índice en el que se registre el rubro de la jurisprudencia y criterios relevantes por orden alfabético, la clave que le corresponde y los datos de su publicación; XVIII. El Pleno atenderá y resolverá los asuntos de su competencia, en sesiones que serán: Atendiendo a la naturaleza del asunto, el Pleno determinará el tipo de sesión a celebrarse. Coordinar el desarrollo de los asuntos que expresamente le encomiende el o la titular de la Presidencia; Integrar y presidir las reuniones de la Comisión de Análisis de Criterios y Jurisprudencia, y en su caso proponer al Pleno la jurisprudencia y criterios relevantes que estime procedentes, para su aprobación y posterior publicación; Revisar y analizar la normativa electoral de la Federación y de los Estados de la Republica; Elaborar los contratos y convenios que el Tribunal, requiera para la realización de sus actividades; Informar a quien ejerza la Presidencia, de las solicitudes o pedimentos que, con motivo de sus funciones, realicen las áreas del Tribunal; Recibir y despachar la correspondencia que le indique el o la titular; Coordinar la agenda de quien ejerza la titularidad de la Presidencia; y. Las demás que le encomiende la o el titular de la Presidencia. En la formulación de requerimientos, se atenderá a lo siguiente: Artículo 80. La Dirección de Administración, la o el Asesor de Presidencia y la Secretaría Particular de la Presidencia, estarán adscritas directamente a la Presidencia del Tribunal, con quien acordarán los asuntos de su competencia. Las demás que le señale Ley y demás ordenamientos legales aplicables. Artículo 104. Las correcciones disciplinarias y las medidas de apremio a que se refiere el artículo 380 del Código serán propuestas por la o el Magistrado instructor y serán aplicadas por quien ejerza la titularidad de la Presidencia para hacer cumplir las determinaciones del Pleno, a las partes, sus representantes y en general, a cualquier persona que provoque desorden, no guarde el respeto y la consideración debida o se conduzca con falta de probidad y decoro, empleando discrecionalmente y sin sujeción al orden uno o más de las medidas de apremio que se juzguen eficaces. Los comités son órganos colegiados permanentes encargados de asesoría, apoyo, consulta y decisión para eficientar y transparentar los procesos de adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios y obra pública, desincorporación de bienes, la implementación del sistema de gestión de control interno y de mejora continua. En el propio oficio en que se haga la notificación a las autoridades responsables o a los órganos partidistas que hayan emitido el acto reclamado, se les prevendrá que informen sobre el cumplimiento que se dé al fallo de referencia, en el plazo que en la resolución se señale, tomando en cuenta la naturaleza de lo resuelto, para lo que deberán acompañar las constancias que lo acrediten. La participación de los anteriores estará regida por los acuerdos que para tal efecto emitan los comités. Le corresponderá decretar la acumulación a la Magistrada o Magistrado que esté diligenciando el expediente más antiguo. Para los efectos de las notificaciones electrónicas previstas en el Código y en el presente reglamento, el Tribunal emitirá los acuerdos y lineamientos que regulen la expedición, uso y vigencia de las cuentas de correo electrónico institucional proporcionadas por el Tribunal, con los cuales se garantice la autenticidad de las y los usuarios del sistema y la integridad del contenido de las notificaciones. El personal que contravenga estas disposiciones será sujeto a sanción conforme a las disposiciones disciplinarias correspondientes. <> Aprobar los lineamientos generales para el resguardo, identificación, clasificación e integración de los expedientes; XXI. Asignar responsabilidades y coordinar las acciones del personal a su cargo; XVIII. Artículo 6.

Recepcionar toda la documentación que sea dirigida al Tribunal, o alguna de las áreas que lo conforma; Informar de manera inmediata al área correspondiente la recepción de la documentación recibida; Realizar las acciones necesarias para la digitalización de la documentación relacionada con los medios de impugnación que reciban; Entregar la documentación recibida al área correspondiente; Llevar el registro de la documentación que se ingrese en el libro de control correspondiente a la Secretaría General; Proveer y administrar los recursos materiales, económicos y humanos, que se requieran para el buen funcionamiento del Tribunal; Elaborar el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del Tribunal y someterlo a la consideración de quien ejerza la titularidad de la Presidencia; Contratar la adquisición de recursos materiales y la prestación de servicios generales que requiera el Tribunal, de conformidad con la normatividad aplicable; Coordinar las acciones encaminadas al desarrollo y administración de los recursos humanos del Tribunal; Controlar y mantener el inventario del mobiliario y equipo del Tribunal; Elaborar el proyecto de la estructura y plantilla de personal por ponencias, unidad y áreas de acuerdo al Presupuesto de Egresos del Tribunal; Someter a la consideración de quien ejerza la titularidad de la Presidencia, la propuesta de los indicadores de gestión institucionales; Elaborar los informes que le sean requeridos por el Pleno o por quien ejerza la titularidad de la Presidencia; Diseñar y proponer las medidas de racionalidad, austeridad y contención del gasto que contribuyan a elevar la eficiencia en la administración de los recursos asignados al Tribunal; Registrar y procesar la información que le sea solicitada al Tribunal a través del Portal Nacional de Transparencia, vía correo electrónico y de manera personal; Recabar, administrar y publicar la información pública de oficio u obligatoria del Tribunal; Documentar la operación de la Unidad de Trasparencia; Auxiliar a las y los particulares en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y en su caso, orientarlos sobre los sujetos obligados competentes; Realizar los trámites internos necesarios para la atención de las solicitudes de acceso a la información; Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información, respuestas, resultados, costos de reproducción y envío; Promover e implementar políticas de transparencia proactiva procurando su accesibilidad; Fomentar la transparencia y accesibilidad al interior del Tribunal; y. Representar administrativamente a la Dirección de la Escuela de Formación Profesional del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo; Dirigir las gestiones que la Dirección requiera para su buen funcionamiento; Diseñar los planes y programas de estudio de especialidades, maestrías, doctorados, jornadas de capacitación, talleres, seminarios y diplomados, así como cualquier otra actividad que favorezca al desarrollo profesional de servidores públicos, ciudadanos y de los miembros de partidos políticos; Gestionar y mantener actualizada la autorización, ante la Dirección General de Profesiones; Proponer a la o el titular de la Presidencia los eventos que habrán de desarrollarse y en su caso la organización de los eventos que se autoricen; Seleccionar, coordinar, supervisar y evaluar al personal académico y de investigación de la Dirección, internos o externos, que prestarán sus servicios de manera permanente o dentro de un programa específico para la formación profesional, para su aprobación por el Pleno; Establecer las bases de organización y operatividad de la biblioteca y del archivo histórico del Tribunal, así como de supervisar su funcionamiento; Elaborar la propuesta del manual de procedimientos de la Dirección de la Escuela de Formación Profesional y someterlo a la aprobación del Pleno; Expedir los títulos, grados, certificados, diplomas, constancias y reconocimientos a quienes cumplan con los requisitos que se exijan para los cursos, talleres, seminarios, diplomados y demás programas desarrollados por la Dirección; Conservar, asegurar y custodiar el acervo bibliográfico y hemerográfico del Tribunal; Registrar, controlar, resguardar y conservar los expedientes resueltos por el Tribunal, durante los plazos legales; Llevar el archivo jurisdiccional y los registros correspondientes conforme a lo dispuesto por este Reglamento y el manual respectivo; Hacer del conocimiento de las personas responsables de cada ponencia, cualquier defecto o irregularidad que advierta en los expedientes o documentos que reciba para su archivo, a fin de que, de ser material y técnicamente posible se corrija; Implementar las medidas que juzgue convenientes para el registro, resguardo y consulta de los expedientes, en el entendido de que cualquier persona podrá consultar los expedientes de los asuntos total y definitivamente concluidos del Tribunal, así como solicitar a su costa copias certificadas o simples de aquellos, las que serán expedidas cuando lo permitan las labores del Tribunal; Coadyuvar en la expedición de las certificaciones de los documentos relativos a los expedientes que obran en el archivo bajo su responsabilidad; Supervisar los instrumentos de consulta y control, así como de conservación electrónica del propio Archivo, de conformidad con el manual respectivo; Autorizar la consulta de los expedientes, la toma de fotografías o filmaciones de los documentos resguardados en los expedientes; Proponer al Pleno las medidas pertinentes sobre sistemas de archivo, seguridad y modernización en la organización y funcionamiento del Archivo Jurisdiccional; Supervisar la correcta publicación de los Medios Oficiales de Difusión cuando se trate de la jurisprudencia y los criterios relevantes, y llevar a cabo todas aquellas tareas que sean necesarias para su adecuada distribución y difusión; Diseñar, en conjunto con la Dirección de Informática, los sistemas de control y consulta del Centro de Documentación del Tribunal; Coordinar las relaciones del Tribunal y sus integrantes, con los medios de comunicación y organismos vinculados con la actividad electoral; Difundir de manera oportuna los programas y actividades del Tribunal; Preparar las ediciones de los Medios Oficiales de Difusión y demás publicaciones del Tribunal; Apoyar a la Dirección de la Escuela de Formación Profesional del Tribunal Electoral del Estado en la organización de seminarios, congresos, conferencias y otros eventos académicos del Tribunal; Preparar la edición del “Boletín Informativo” del Tribunal, con información político electoral local y nacional; Dar respuesta al chat de la página oficial del Tribunal, con apoyo de las distintas áreas de éste; Publicar los criterios relevantes que afecten y sean de interés para los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado, en la o las lenguas que corresponda al caso concreto; Realizar las tareas que le encomiende el Pleno y la Presidencia, dentro del ámbito de sus atribuciones; y. Apoyar al personal jurídico en la elaboración de modelos procesales y métodos computarizados, para dar celeridad a los procedimientos jurisdiccionales; Sistematizar los procedimientos de estadística que se requieran para el control de los medios de impugnación; Dar mantenimiento periódico a la página web del Tribunal, así como coordinar con las diferentes áreas, la actualización de la información de acuerdo a las leyes, reglamentos y normatividad que el Tribunal deba cumplir y difundir oportunamente; Administrar los servicios y acceso al sistema de internet; Proporcionar asistencia técnica, asesoría y capacitación, sobre el manejo y operación de las herramientas computacionales asignadas a las distintas áreas del Tribunal; Tomar las medidas pertinentes para el buen funcionamiento del área a su cargo; Realizar las tareas que le encomiende el Pleno, la Presidencia o la Dirección de Administración, dentro del ámbito de sus atribuciones; y. Las demás que deriven de las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias.

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